A quienes afecta: Contribuyentes con gestiones judiciales pendientes por reclamos de
giros o liquidaciones en el TTA.
Contenido de la modificación: Por una única vez los contribuyentes, entre el primer día
del mes siguiente al de publicación de Ley y el 30 de noviembre de 2024, podrán poner
término a dichas gestiones judiciales siempre que se hayan iniciado antes del 1 de enero
de 2024, sobre la base que, reconociendo la deuda tributaria debidamente reajustada, se
les conceda una condonación.
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