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Convenio entre Chile y Estados Unidos


El Senado aprobó el acuerdo que enmienda el Convenio entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal.


El acuerdo, que debiera entrar en vigencia en enero de 2024, permitirá que los impuestos totales (corporativo y de retención) para las empresas estadounidenses con operaciones en Chile no suban a 44.45% a contar del año 2027, sino que se mantengan en un máximo de 35%.


Otras disposiciones del convenio a destacar:


Reducción de las tasas de retención de impuestos sobre dividendos, intereses y regalias pagados desde Estados Unidos a Chile.


Tasa de retención reducida del impuesto sobre ganancias de capital asociadas a la venta de determinadas acciones, aplicable en el país fuente de dichas rentas.


Limitación de beneficios (LoB) que limita uso del Convenio a quienes cumplan con los requisitos para ser considerados una "persona calificada".


Intercambio de información entre las autoridades fiscales de Estados Unidos y Chile y cláusulas de no discriminación, acuerdo mutuo, entre otras.


Cabe recordar que los contribuyentes extranjeros que residen en un país con el que se ha aprobado un convenio de doble tributación gozan de una tasa máxima personal de impuestos de un 35%, versus el 44,45% para los chilenos, así como diversas limitaciones en determinados impuestos de retención por rentas de fuente chilena o pagadas desde Chile.

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