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Medidas tributarias para comunas afectadas por frente de mal tiempo

El sistema frontal que con fuerza afectó durante agosto a varias zonas del país, dejando a más de 33.234 personas damnificadas, 32.841 personas evacuadas; 42.120 personas aisladas; motivó al Estado a adoptar medidas excepcionales y extraordinarias, destinadas a enfrentar esta situación de emergencia, para las zonas que se declararon afectadas por catástrofe, siendo éstas las regiones del Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble y Biobío, mediante el decreto supremo N° 219 de fecha 21 de agosto de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, publicado en el Diario Oficial con la misma fecha.


Entre estas medidas se encuentran aquellas de índole tributaria en el marco de lo señalado en el artículo 36 del Código Tributario y de lo dispuesto en el artículo 3° letra d) de la ley N° 16.282, que requieren para su implementación facultar a los servicios competentes de las atribuciones que les permitan llevar a efecto las medidas necesarias para enfrentar esta emergencia.


Dentro de las medidas más relevantes, está la prorrogación hasta el día 31 de octubre de 2023 de los plazos de Declaración y Pago de los impuestos que debían declararse y/o pagarse en el mes de septiembre de 2023, a que se refiere el artículo 64 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.


Junto a esto, se prorroga hasta el día 31 de octubre de 2023 los plazos de Declaración y Pago de los impuestos del mes de septiembre, a que se refieren los artículos 74, 78, 79, 84 y 91 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo primero del decreto ley Nº 824 de 1974, a los contribuyentes que se encuentren en la situación descrita en anteriormente.


La ampliación de plazos a que se refiere este número y el anterior regirá para la Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos o Declaración, según corresponda, que se efectúe a través de los Formularios números 29 y 50 del Servicio de Impuestos Internos.



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