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parámetros bajo los cuales la difusión de contenidos se considera servicio de asesoría de inversión

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) actualizó el documento de preguntas frecuentes de la Norma de Carácter General (NCG) 502, que regula el registro, autorización y obligaciones que deben cumplir los prestadores de servicios financieros de la Ley Fintec, complementando información sobre las instrucciones y exigencias que la norma definió para las plataformas de financiamiento colectivo, sistemas alternativos de transacción, asesoría crediticia, asesoría de inversión, custodia de instrumentos financieros, enrutamiento de órdenes e intermediación de instrumentos financieros.



La actualización incluye los lineamientos bajo los cuales la creación y difusión de información de carácter financiero a través de medios de comunicación y medios sociales constituye asesoría de inversión en los términos que fija la Ley Fintec, estableciendo que quienes se dediquen a la creación y difusión de contenido de carácter financiero y de inversión, quedarán comprendidas dentro del perímetro regulatorio de la Ley Fintec, cuando se verifiquen copulativamente dos elementos:



A. La comunicación de una evaluación o recomendación tiene la capacidad y/o finalidad de influir en el comportamiento de la audiencia respecto a la conveniencia o no de realizar una determinada inversión u operación, sea contenido específico o de carácter general.



B. La comunicación se realice con dedicación profesional y de forma habitual, de manera sostenida en el tiempo.



El documento precisa que no queda comprendida dentro de la asesoría de inversión aquella comunicación de carácter meramente informativa o educativa, entendiendo cuando esta presenta información de carácter objetiva y neutral, cuya finalidad es informar respecto a hechos específicos y verificables y/o proporcionar contenido de carácter conceptual en materia financiera.



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